¡ BIENVENIDO !

IRPV ha creado este blog como punto de encuentro de todos nuestros afiliados y simpatizantes para debatir aportando datos y opiniones que permitan la difusión del republicanismo y de Izquierda Republicana.

Podrás encontrar vídeos, presentaciones, y te recomendamos especialmente nuestro boletín mensual en el que incluimos las principales noticias y actividades republicanas. Puedes leerlo en línea o descargarte los últimos números publicados.

Al final de la página hemos incluído el "Bazar Tricolor" con artículos republicanos a la venta.

Esperamos que sea de vuestro interés. ¡Salud y República!

martes 22 de diciembre de 2009

Agrupación Provincial de Valencia

El pasado sábado 19 de diciembre se celebró una reunión en Valencia, más concretamente en el Cabañal, donde quedó formada la Agrupación Provincial de Valencia de IR. Se eligieron los cargos de secretario provincial, de organización-finanzas, de comunicación, y de juventud.
Además de los afiliados de IR Valencia, también asistieron como invitados varios simpatizantes y tres compañeros miembros de la Comisión Ejecutiva Provincial (CEP) de Alicante.

Una vez constituida la Agrupación Provincial de IR Valencia y electos los miembros de la CEP, se trazaron las líneas generales de actuación. El primer acuerdo fue el de celebrar una reunión el próximo domingo 3 de enero donde se irán concretando los planes de acción. El secretario electo de organización de IR Valencia enviará la convocatoria con todos los datos necesarios a los afiliados de Valencia.

La Comisión Ejecutiva Regional de IRPV está formada por tres miembros de la CEP de IR Alicante, más tres de la CEP de IR Valencia y uno de la CEP de IR Castellón.

Salud y República

domingo 13 de diciembre de 2009

CONGRESO EXTRAORDINARIO I.R.P.V


El pasado sábado 14 de noviembre se celebró en el hotel Goya de Alicante el
Congreso Extraordinario de Izquierda Republicana del País Valencià.
Hubo un gran número de asistentes, con presencia de afiliados de las provincias de Alicante, Castellón y Valencia.
Asistieron como invitados la Secretaria de Organización Federal, Concepción Moreno y el secretario General de IR, Angel Verdura.
Se renovaron los principales cargos de IRPV (Comisión Ejecutiva Regional y Comisión de Disciplina)
Las agrupaciones provinciales con mayor peso en IRPV, Alicante y Valencia, detallaron cuales son sus objetivos a corto plazo y los planes de acción acordados.
El Secretario General de IR clausuró el Congreso Extraordinario de IRPV.


Izquierda Republicana de Alicante
Secretaría de Comunicación

lunes 7 de diciembre de 2009

DESPIDOS Y BENEFICIOS EN TIEMPOS DE CRISIS

Propuesta de la Agrupación Local de IR de Alicante que recoge la Comisión de Economía y Mundo Laboral.

Para realizar propuestas que interesen a la mayoría de los ciudadanos y tras el informe que realizó nuestra Comisión de Economía y Mundo Laboral sobre la Banca Pública -publicado en el boletín Nº 47, págs 4 y 5- en el que detallamos el papel que para los republicanos de IR debe cumplir dicha Banca, hemos abierto un debate sobre la facilidad con la que se está despidiendo, injustamente, a muchos trabajadores y lo que supone para esas familias. El final de este debate debe ser un conjunto de normas que defiendan al trabajador cuando una empresa rentable decida arbitrariamente su despido.
Es algo que creemos de Justicia y nadie está intentando solucionarlo. Obviamente cualquier opinión o sugerencia no sólo será bienvenida sino que para nosotros es fundamental. Este es el objetivo de esta nueva sección "Debate abierto".
Todos conocemos a personas que en la situación de crisis que vivimos han sido despedidas. Es cierto que si una empresa ve disminuidos sus ingresos durante un período medio de tiempo, deberá hacer ajustes pues en caso contrario incluso podría verse en peligro su continuidad. Que en estos ajustes se pierda algún puesto de trabajo es triste, pero asumible.
En estos casos además de una cobertura económica por parte del Estado, se debe acompañar una formación adecuada que facilite la reincorporación al mercado laboral de las personas afectadas.
Esto es lógico y razonable. Pero lo que no es ni una cosa ni otra es el despedir trabajadores por parte de empresas que no disminuyen sus ingresos y que se aprovechan de la crisis para realizar despidos que en otra situación serían absolutamente implanteables. Y lamentablemente este tipo de casos afectan a un montón de familias y nadie hace nada para evitarlo.
Los poderes públicos lo consideran algo así como una tragedia inevitable y no es eso. Se podría evitar con una legislación adecuada y que velara por el interés de la mayoría, que somos los que trabajamos por cuenta ajena.
Las dos líneas generales de la propuesta que estamos debatiendo actualmente son:
I - Imposibilidad de despido improcedente cuando los resultados económicos sean positivos y similares a los de ejercicios anteriores.
II - Reubicación del empleado en otros puestos "rentables" de la empresa mediante la formación profesional necesaria.
Hay países en el norte de Europa donde existe algo similar. En España hay ciertos Colegios Oficiales que en ocasiones impiden el despido y la contratación de otro trabajador para ese puesto… ¿Qué opinas? Esperamos tus comentarios
En nuestro siguiente boletín, contando con todas las opiniones recibidas, te detallaremos nuestras soluciones.

Para una adecuada comprensión de la situación actual en relación con los despidos que se están produciendo actualmente en las empresas relacionados con la crisis económica, el punto de partida no puede ser otro que el análisis de la normativa básica que regula las relaciones laborales, que no es otra que el Estatuto de los Trabajadores.

En principio el artículo 49.1.l) establece que el contrato de trabajo podrá extinguirse por “causas objetivas legalmente procedentes”. Esto debe ser puesto en relación con lo previsto en el artículo 52.c):

“El contrato podrá extinguirse: (…)

c) Cuando exista la necesidad objetivamente acreditada de amortizar puestos de trabajo por alguna de las causas previstas en el artículo 51.1 de esta Ley y en número inferior al establecido en el mismo. A tal efecto, el empresario acreditará la decisión extintiva en causas económicas, con el fin de contribuir a la superación de situaciones económicas negativas, o en causas técnicas, organizativas o de producción, para superar las dificultades que impidan el buen funcionamiento de la empresa, ya sea por su posición competitiva en el mercado o por exigencias de la demanda, a través de una mejor organización de los recursos.
Los representantes de los trabajadores tendrán prioridad de permanencia en la empresa en el supuesto al que se refiere este apartado.”

Finalmente, el artículo 51.1, referido al despido colectivo establece lo siguiente:

“A efectos de lo dispuesto en la presente Ley se entenderá por despido colectivo la extinción de contratos de trabajo fundada en causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, cuando, en un período de noventa días, la extinción afecte al menos a:
a) Diez trabajadores, en las empresas que ocupen menos de cien trabajadores.
b) El 10 por 100 del número de trabajadores de la empresa en aquellas que ocupen entre cien y trescientos trabajadores.
c) Treinta trabajadores en las empresas que ocupen trescientos o más trabajadores.

Se entenderá que concurren las causas a que se refiere el presente artículo cuando la adopción de las medidas propuestas contribuya, si las aducidas son económicas, a superar una situación económica negativa de la empresa o, si son técnicas, organizativas o de producción, a garantizar la viabilidad futura de la empresa y del empleo en la misma a través de una más adecuada organización de los recursos.”

Para finalizar esta introducción hay que apuntar que en caso de despido improcedente, el trabajador no tiene la facultad de poder reincorporarse a su puesto de trabajo si no que la opción es ejercitada por la empresa entre la reincorporación o la indemnización. Todo ello da lugar a que podamos hablar de un despido libre con indemnización.

No conviene olvidar por otro lado, que, aunque el Estatuto de los Trabajadores contenga una serie de previsiones acerca de la necesidad de que las empresas justifiquen la situación económica negativa, la jurisprudencia ha cambiado notablemente a raíz de la Sentencia del Tribunal Supremo de 11 de junio de 2008. Desde entonces se ha facilitado la acreditación de las circunstancias que dan lugar a los despidos por causas económicas. Simplemente hay que acreditar la existencia de pérdidas cuantiosas y continuadas que presuman que la amortización de puestos de trabajo contribuirá a la superación de la situación.

Desde el comienzo de la crisis económica que ahora nos azota hemos asistido a un goteo cada vez más intenso en la destrucción de empleo por parte de las empresas tratando de mantener sus cuentas de resultados.

En España, uno de los mecanismos más utilizados ha sido la no renovación de los diversos tipos de contratos temporales cada vez más precarios. Una fórmula ágil y barata para los empresarios que recurrieron a este tipo de contratación con las bendiciones de los gobiernos. Es una forma de mejorar las estadísticas del paro y el empresario se ahorra costes sociales y futuras indemnizaciones. Evidentemente, todo confluye en aumentar los beneficios.

No obstante, no podemos decir que estos privilegios sean nada nuevo en la historia de las relaciones laborales en nuestro país. Históricamente se ha facilitado a las empresas la realización de ajustes en la plantilla de trabajadores en cuanto las cuentas de resultados lucían unos resultados menos lustrosos.

Si se consulta la hemeroteca podemos comprobar como en cada momento de crisis o apreturas económicas la destrucción de empleo ha sido la principal herramienta utilizada por las empresas: Crisis del petróleo de 1973 y 1979, reconversión industrial en los años 80, “crash” tecnológico y bursátil en los noventa,… A todo ello ha contribuido de manera destacada las llamadas políticas de competitividad de la Unión Europea.

Las formulas han sido diversas: Expedientes de regulación de empleo (EREs), prejubilaciones, despidos individuales… El interés empresarial cada vez ha sido más poderoso y los controles externos han ido disminuyendo hasta convertirse en una mera formalidad. Hemos llegado a nuestros días con una flexibilidad casi absoluta tanto en la entrada como en la salida de trabajadores del mercado laboral. Poco a poco, se ha transformado el empleo estable y con derechos laborales por un empleo precario y sin derechos, llegando a sustituir las relaciones laborales por relaciones comerciales (contratos mercantiles, falsos autónomos).

Es por ello que no nos debe extrañar que actualmente nos encontremos con despidos en empresas que muestran beneficios en su contabilidad. Pueden revestir la forma de despidos individuales o de despidos colectivos (EREs y otros similares).

¿Qué planteamos desde Izquierda Republicana?

Los republicanos de IR nos oponemos de forma tajante a que la masa salarial sea la que cargue con los costes sociales de la crisis. Estamos ante una crisis del propio sistema con un claro origen financiero. Además entendemos que los sacrificios de los trabajadores tanto en términos de pérdida de empleo como de congelaciones o reducciones salariales no van a ser la puerta de salida de esta situación sino que contribuirá a que ahondemos cada vez más en ella.

Proponemos una modificación normativa inmediata que se debe reflejar en el Estatuto de los Trabajadores. Se prohibirán los despidos por causas económicas en empresas que tengan beneficios en sus últimos resultados presentados.

En el caso de empresas con pérdidas en el último ejercicio pero con resultados positivos en los tres anteriores se establecerán limitaciones en cuanto al porcentaje de posibles despidos en función del tamaño de la plantilla y de la cuantía de las pérdidas en último ejercicio.

Se reforzaran los mecanismos de acreditación de las circunstancias económicas que puedan dar lugar a los despidos incluyendo los controles externos que deberán correr a cargo de comisiones mixtas con la participación de representantes de los trabajadores, de la empresa y de los servicios públicos de empleo cuyo dictamen será vinculante.

Por otra parte, en los casos de despidos improcedentes, la posibilidad de elección entre reincorporación del trabajador o indemnización no será facultad de la empresa sino que deberá decidir el Juzgado de lo Social correspondiente habiendo escuchado las alegaciones de empresario y trabajador. En determinados casos la reincorporación podrá ir ligada al compromiso del trabajador y la empresa de recibir una formación que permita a aquel reubicarse en otro puesto de trabajo más adecuado a los intereses del empresario.

No nos olvidamos de que el marco socio-económico en el que España se sitúa es el de la Unión Europea. En este sentido, es evidente que desde este marco, los contenidos sociales y singularmente las relaciones laborales no han sido nunca una prioridad. Los aspectos mercantiles y financieros siempre han ido muy por delante buscando siempre la mayor flexibilización del empleo para favorecer una falsa competitividad de los productos europeos en los mercados mundiales a costa del sacrificio de los trabajadores. Por ello, después de 52 años de andadura, las instituciones europeas han de reorientarse en un sentido social que garantice para sus ciudadanos unas condiciones dignas en sus puestos trabajo incluyendo la prohibición de despidos en empresas con beneficios.

Se trata en definitiva, de recuperar para los trabajadores unos espacios de derechos que nunca debieron de perderse en nombre de una modernización y una competitividad que en el contexto actual de crisis han mostrado su verdadera y desagradable cara. La situación actual, tal y como ya se apuntaba en nuestro anterior documento sobre Banca Pública, viene a cuestionar al capitalismo como sistema económico que pueda permitir a la humanidad progresar de una forma digna y sostenible. Hay que ir buscando alternativas sobre todo a través de una mayor participación pública en la economía y en las relaciones laborales. El Estado, con la participación de unos ciudadanos implicados puede y debe tener un papel notable en la configuración de lo que debería ser un nuevo sistema socioeconómico que todavía está por definir.

Desde Izquierda Republicana vamos a seguir trabajando en nuevas propuestas en ese sentido.


Comisión de Economía y Mundo Laboral de Izquierda Republicana.
Noviembre de 2009